La Ley que protege a las personas con discapacidad en Colombia. Ley Nº 223, de 2 de marzo de 2012, General para Personas con Discapacidad, tiene por objeto “El objeto de la presente ley es garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.
La protección se refiere a las prácticas y acciones que son necesarias para facilitar la supervivencia, crecimiento y desarrollo, es decir, atender las necesidades básicas de las personas que se encuentran inmersas en alguna situación de desventaja del resto de sus congéneres. Algunos de los derechos que conciernen a la protección de las personas con discapacidad son los siguientes:
Invisibilización de la discapacidad en los planes de protección civil durante los desastres naturales.
1. Derecho a la igualdad (entre hombres y mujeres; niñez y personas adultas; PCD y personas sin discapacidad). 2. Derecho a la no discriminaciòn. 3. Derecho a la vida. 4. Derecho a la libertad 
Ausencia de semáforos con sonido para ciegos, de señalamientos públicos en braille, de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana en programas de televisión, de páginas web accesibles, de escuelas incluyentes, de rampas en una gran cantidad de edificios que brindan servicios a la ciudadanía, entre otros.
La Convención es un mecanismo de supervisión para los Estados y una herramienta de largo alcance referida al cuidado y la protección de las PCD en términos prácticos y éticos. Cabe mencionar que esta Convención fue el primer instrumento internacional que contó con la participación directa de un gran número de PCD, líderes y representantes de organizaciones de la sociedad civil.
…que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones. Las PCD pueden realizar diversos trabajos, asistir a diversos eventos sociales y culturales, formas vínculos afectivos y estructuras familiares, acceder a la educación, realizar miles de trámites y otras tantas actividades.  Y si esto no ocurre así es porque las actitudes de discriminación se los impiden.
“También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como de discriminación racial y de otras formas conexas de intolerancia.” 
A lo largo del siglo XX se crearon instrumentos de protección para las PCD, a nivel internacional esta la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de forma nacional está la La Ley que protege a las personas con discapacidad en Colombia. Ley Nº 223, de 2 de marzo de 2012, General para Personas con Discapacidad, tiene por objeto garantizar a las personas con discapacidad, el ejercicio pleno de sus derechos y deberes en igualdad de condiciones y equiparación de oportunidades.
Eje 2. Bienestar de las personas con discapacidad
…y que resulta de la interacción entre las personas con discapacidad y las barreras que están en el entorno y las actitudes de la sociedad, tales como la discriminación, el paternalismo, la condescendencia, la infantilización, la ignorancia, entre otros.
Consta de 50 artículos los cuales permiten reconocer los derechos que son fundamentales para salvaguardar el bienestar físico y mental de las PCD. Se divide en 4 ejes temáticos y se explican brevemente a continuación:
Si quieres conocer la declaración completa da clic aquí:
1. La discriminación es una limitación, negación o condicionamiento injusto e irracional de derechos porque está basada en condiciones (nacionalidad, edad, condición social, género, etcétera) y características (color de piel, adecuación con el estándar imperante de belleza, tener alguna discapacidad, entre otros) de los cuales la persona no es responsable o bien no justifican la negación de un derecho.
Eje 1. Protección de las  personas con discapacidad
La restricción de este derecho se puede advertir de múltiples maneras:
Es un concepto mixto en el que se combinan características de dos tipos:
Acciones enfocadas a las personas con discapacidad
1. Las externas hacen referencia a la posesión o acceso a bienes materiales, riqueza, comodidades, servicios de salud, educación. 2. Las internas aluden a ciertos estados internos o estados de ánimo considerados como valiosos: el placer, la felicidad, el contento, el sentimiento de dignidad, la esperanza y en general todo aquello que resulta de la realización de deseos, anhelos y planes de vida personales.
Escasez de oportunidades laborales justas e igualitarias.
Automóviles estacionados en las rampas de las banquetas.
La discapacidad es un concepto que evoluciona… Como se ha visto en los tres paradigmas, la visión y el concepto de discapacidad y de PCD han cambiado de una época a otra, de un país a otro, de un gobierno a otro y de una familia a otra. Se ha visto a la discapacidad como castigo divino, como enfermedad que hay que curar y, finalmente y con perspectiva de derechos humanos, como una barrera que crean la sociedad y el entorno para el acceso a derechos y oportunidades.
La gran mayoría de las veces se trata de una característica que la sociedad entiende como desventaja y que coloca a las personas en una situación deinferioridad.